Cómo se calcula la plusvalía en la venta de una casa
Carlos, un usuario de Ventadepisos nos envía esta escueta duda: “¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?” He recurrido a Juan, experto de La Comunidad de Enalquiler, para que le conteste con la teoría y un ejemplo práctico de forma que no se quede nada en el tintero. Ahí va su respuesta:
El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), generalmente llamado impuesto de plusvalía, grava el incremento de valor del suelo cuando se transmite su propiedad, aunque también, reduciendo la base imponible en los porcentajes que determina la Ley del impuesto de transmisiones patrimoniales, cuando se transmiten o constituyen otros derechos reales como el usufructo.
Es un impuesto que pueden establecer y exigir los ayuntamientos de acuerdo con el RDL 2/2004 que aprueba el texto refundido de la ley de haciendas locales (arts 59.2 y 104 a 110). Los ayuntamientos tienen cierta libertad de regulación por lo que el impuesto será distinto en función de donde esté ubicado el terreno, dentro de los siguientes límites impuestos por el RDL 2/2004.
En el caso más corriente, venta de un inmueble, es necesario conocer:
a) El valor catastral del suelo, que figura en el recibo anual del IBI (supongamos una vivienda con un valor catastral total de 55.000 euros y un valor del suelo de 19.000 euros).
b) El número de años que el transmitente ha sido propietario (supongamos 3 años). Por encima de 20 años se consideran 20.
c) El porcentaje establecido por el ayuntamiento que exige el impuesto, que varía en una escala descendente en función de los años del apartado b. Este porcentaje no puede ser superior a 3′7, 3′5, 3′2 o 3 según el número de años sea hasta 5, 10, 15 o 20 respectivamente (supongamos que el ayuntamiento ha establecido los máximos, por lo que en este caso será el 3,7%).
d) El tipo de gravamen fijado por cada ayuntamiento con el límite del 30 por 100 (supongamos el máximo, 30).
Cómo se calcula la plusvalía en la venta de una vivienda
Ya podemos hacer el cálculo, multiplicando los años del apartado b) (3) por el porcentaje del apartado c) (3′7/100) y volviendo a multiplicar por el valor del suelo del apartado a) (19000). A continuación se aplica el tipo de gravamen del apartado d), es decir, multiplicamos por 30 y dividimos entre 100.
Haciendo las operaciones (3 x 3′7 : 100 x 19000 x 30 : 100) resulta una cuota tributaria de 632,7 euros.
En estos cálculos no he considerado otros muchos factores que pueden ser trascendentes, como por ejemplo la gran bonificación de la cuota en el caso de vivienda heredada, que puede ser hasta del 95 por 100.


Thursday, 5 November 2009 a las 20:25
me parece muy bien este teme y me a ayudado mucho
Tuesday, 15 June 2010 a las 14:05
Mi madre acaba de vender la sexta parte de una vivienda de la que era copropietaria junto con dos hermanos más, a partes iguales y, por otro lado, las otras 3/6 partes correspondían a una cuarta persona.
Esta última adquirió la copropiedad del inmueble tras el fallecimiento de su marido en el año 1997, mientras que mi madre y sus dos hermanos la adquirieron en el año 2002.
Obviamente, la cantidad a pagar, en concepto de plusvalía, no es la misma, dado el tiempo en que se ha estado como copropietarios del inmueble.
A efectos de llevar a cabo el citado pago, ¿habría que presentar una liquidación conjunta o, por el contario debería presentarse una liquidación por cada uno de los copropietarios?.
Gracias y un cordial saludo.
Thursday, 17 June 2010 a las 02:04
Buenas. Somos 4 hermanos que vamos a vender un piso que hemos heredado de nuestros padres fallecidos.La fecha de la aceptación de herencia es de hace dos años . Sabemos que debemos pagar las plusvalías al ayuntamiento (Canarias) nosotros los vendedores, y los gastos de transmisiones y notario el comprador, pero nos gustaría que nos informara aproximadamente a cuánto podŕia ascender dicha plusvalía .El piso lo compraron mis padres en el año 1987, pero nosotros somos propietarios hace dos años.El precio de venta será de 158.000 eu
Gracias.
Wednesday, 7 July 2010 a las 19:02
VENDO UN PISO POR 150.000€ Y ME COSTO Hace 6 años 122.000€ que tendria que pagar de plusvalia en el ayuntamiento de almeria, el valor catastral es de 142.485,00€