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¿Qué hacer si descubres que la vivienda adquirida tiene defectos ocultos?

Juan hace la siguiente pregunta:

¿Qué hacer si descubres que la vivienda adquirida tiene defectos ocultos?

Mi respuesta

En un plazo de seis meses desde la compra se pueden reclamar aquellos defectos de cierta entidad que no se pudieron comprobar antes de la compra, y que hubieran llevado al comprador a no efectuar la operación o hacerla por un precio inferior. Por ejemplo humedades reincidentes que se taparon con pintura antes de vender y se las encuentra de nuevo el comprador con las primeras lluvias tras la venta.

Eduardo Llarena
Abogado con despacho abierto en Móstoles (Madrid) desde 1991.
Web: www.asistencialegal.net
Blog: asistencialegal1.blogspot.com
Teléfono: 91 613 90 08


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1 Comentario a “¿Qué hacer si descubres que la vivienda adquirida tiene defectos ocultos?”

  1. javier dice:

    Muy interesante todo lo relacionado con Postventa Inmobiliaria.

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