El usufructo o la solución para vivir sin hipoteca
La vivienda es una de las necesidades más perentorias del ser humano y tradicionalmente la más difícil de satisfacer.
En estos tiempos estamos asistiendo a proposiciones tan dispares como poner a la venta trasteros, desvanes y buhardillas bajo pomposos nombres, lofts o soluciones habitacionales, también hemos podido leer en algún medio, propuestas de modificar la normativa vigente para dar cabida a una denominada adquisición progresiva de la vivienda, libre o protegida, se empieza por comprar un veinticinco por ciento, y la familia compradora va demostrando paulatinamente su capacidad de pago o bien la propiedad temporal: Al cabo de los años, la propiedad de la vivienda revierte al vendedor; hasta ese momento, el comprador temporal es el propietario a todos los efectos: es una inversión y puede venderse e hipotecarse libremente, al igual que sucede con la compra parcial.
Teniendo en cuenta los desastrosos resultados que en España ha dado la desnaturalización del arrendamiento al introducir en él la duración ilimitada, considero que es preferible no hacer experimentos, o como se suele decir ‘hacerlos con gaseosa’, teniendo en cuenta que si lo que se quiere es abaratar el costo de la vivienda sin perder estabilidad en la misma considero que para ello ya existe la figura del usufructo.
Mediante la adquisición de un usufructo vitalicio la persona puede satisfacer su necesidad de vivienda de por vida a un costo inferior a la compra.
Un ejemplo puede ser más gráfico: Para una persona de 45 años, el valor del usufructo vitalicio en una vivienda cuyo precio de venta sea 300.000 euros, se puede estimar en 132.000 euros.
Si acuerda con el dueño pagar ese importe en 25 años, con un interés fijo del 4%, la cuota mensual , será de aproximadamente 700 euros mensuales, fijos durante 25 años, no mucho más de lo que le costaría un alquiler solo para cinco años. Si ese usufructuario vive después de los 70 años, no pagará nada
Es evidente que se puede pactar todo tipo de combinaciones para el pago de ese usufructo. Téngase en cuenta que el dueño no sufre riesgo alguno ya que si fallece el usufructuario durante el plazo de pago, desaparece el usufructo y si deja de pagar, con una reclamación judicial podrá hacerlo desaparecer también.
Ventajas:
El usufructuario tendrá a su disposición la vivienda durante toda su vida para usarla o para alquilarla, sin necesidad de contar con el dueño (nudo propietario).
Inconvenientes:
No la dejará en herencia ya que a su fallecimiento el usufructo desaparece y el nudo propietario consolida el pleno dominio.
Pedro Hernández, abogado
Blog: http://www.pedrohernandezabogado.com/
Consultas legales: 807 520 008 (1,18 €/min. desde fijo; 1,53 €/min. desde móvil)
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Guías y recursos



Sunday, 17 June 2012 a las 22:13
hola,tengo una pregunta y si propietario muere, cien se ceda con el piso,los ijos de propietario tendran algun derecho sobre este piso
Monday, 6 August 2012 a las 15:42
Si el nudo propietario fallece sus herederos le sucederán en la nuda propiedad sin afectar para nada al usufructo
Wednesday, 6 March 2013 a las 20:34
teniendo una hipoteca por una vivienda en la cual aparece mi hijo como propietario y yo como usufructuaria ,el banco al ser mi hijo insolvente y no poder la hipoteca ,me puede echar a mi de dicha casa ,en la que también soy avalista ,pero no pudiendo pagar nada ya que soy pensionista e insolvente también ,que derechos tendría sobre dicha vivienda?