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Actualidad inmobiliaria


Thursday, 22 March 2012

Las ejecuciones hipotecarias atacan fuerte a Valencia, Murcia y Canarias

Las ejecuciones hipotecarias han pegado especialmente fuerte en la Comunidad Valenciana, Murcia y Canarias durante los últimos cinco años. En la Comunidad Valenciana diez de cada 840 habitantes sufrió una ejecución hipotecaria. En Murcia y Canarias, la media mejora ligeramente, hasta diez de cada 840 personas afectadas y diez de cada 1.170 personas, respectivamente.

Aunque en Cataluña y Andalucía hubo más ejecuciones hipotecarias, 62.035 y 63.880 respectivamente, su ratio es inferior a la de la Comunidad Valenciana que suma 61.055 ejecuciones hipotecarias. En los últimos cinco años se han contabilizado un total de 328.687 ejecuciones hipotecarias, según Expansión que ha elaborado una gráfica apoyándose en datos del INE desde 2007.

En la otra punta aparece el País Vasco, donde tan solo diez de cada 4.470 habitantes, se vio afectado por una ejecución hipotecaria, o en Galicia, donde perjudicó a diez de cada 3.670 habitantes.

Ejecuciones Hipotecarias - INE y Expansion

Fuente: INE y Expansión / Datos desde 2007

Más información:
Expansión:
Valencia, Murcia y Canarias son las comunidades más afectadas por las ejecuciones hipotecarias

Monday, 19 March 2012

Cómo defenderte si okupan tu plaza de garaje

Agradezco a Crazhy, experto de La Comunidad de Enalquiler.com, la información para documentar este trabajo.

Siempre había considerado el grave problema que se puede producir si un desaprensivo ocupa permanentemente una plaza de aparcamiento en un garaje comunitario sin ningún derecho. Un procedimiento judicial civil para ‘echarlo’ (desahucio, precario, acción posesoria etc.) sería largo y costoso; las ‘vías de hecho’ no son recomendables.

GarajeLa Audiencia Provincial de Madrid (sentencia de diecinueve de abril de dos mil seis) ofrece una solución más contundente e inclusive más rápida.

Considera esa ocupación de una plaza de garaje sin derecho como delito de ocupación de inmuebles, (art. 245.2 del Código Penal) y lo condena a la pena de seis meses de multa, la máxima prevista, con una cuota diaria de seis euros, y al pago de las costas del juicio.

El art. 245.2 del Código Penal señala: El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.

Considera la AP como elemento subjetivo del delito: La voluntad de realizar la usurpación, ocupación sin autorización, y procurarse una utilidad o provecho económico.

Como elemento objetivo: La acción consiste en ocupar (una cosa inmueble) o en usurpar (un derecho real inmobiliario ajeno)

En este supuesto se dan ambos requisitos ya que el condenado, estacionó su vehículo de forma permanente y continuada durante un periodo de tiempo, prácticamente no se movía, recibió muchas veces notas en el vehículo por encargo de la propiedad para que procediera a su retirada, conocía no solo la ajenidad de la plaza sino también la oposición de su propietaria a que estacionase en la misma al haberle dejado múltiples avisos para que abandonara el garaje.

El beneficio económico reportado al acusado es evidente pues con su actuar evitó todo gasto derivado del uso de la plaza y causó un perjuicio evidente para su propietario al privarle de su libre disposición impidiéndole destinarla al alquiler o venta como era pretendido por el mismo.

Pedro Hernández, abogado
Blog: http://www.pedrohernandezabogado.com/
Consultas legales: 807 520 008 (1,18 €/min. desde fijo; 1,53 €/min. desde móvil)

Thursday, 15 March 2012

Lluvia de adhesiones de entidades financieras al Código Anti-Deshaucios del Gobierno

Cada día son más las entidades financieras que se suman al ‘Código de Buenas Prácticas’ impulsado por el Gobierno para evitar los desahucios. Ya se han adherido el Banco Santander, Catalunya Caixa, Bankinter, NCG Banco y otras 23 cooperativas de crédito como Grupo Cajamar, Grupo Cooperativo Caja Rural del Mediterráneo y Caixa Rural Les Coves de Vinromá. Caixabank, Bankia, Ibercaja, Unicaja, Kutxabank y BMN también han anunciado su adherido al ‘Código de Buenas Prácticas’, según ha informado la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA).

Estas entidades deben comunicar su inclusión a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, quién hará público el listado. La permanencia en el Código será, como mínimo, de dos años y su incumplimiento podrá invocarse ante los Tribunales de Justicia por el afectado. El seguimiento será efectuado por una Comisión de Control en la que estará una representación de la Asociación Hipotecaria Española, el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Secretaría de Estado de Economía. La Comisión de Control publicará al respecto un informe semestral sobre el grado de cumplimiento del Código.

El ‘Código de Buenas Prácticas’ se aplicará en las siguientes fases:

1.- Reestructuración de la deuda hipotecaria

Los deudores en el ámbito de exclusión podrán solicitar a la entidad una reestructuración de su deuda hipotecaria que haga viable su pago y que deberá estar presentado en el plazo de un mes. Ese plan deberá incluir una carencia en la amortización de capital de cuatro años, la ampliación del plazo de amortización hasta cuarenta años y la reducción del tipo de interés aplicable a Euribor + 0,25 puntos. Podrán solicitar la reestructuración aquellos deudores cuyo procedimiento de ejecución no se haya iniciado.

2.- Medidas complementarias

Si pese a la refinanciación resulta inviable el pago de la deuda, el deudor podrá solicitar una quita en el capital pendiente de amortización. Se considerará inviable cualquier reestructuración que suponga para la unidad familiar una cuota hipotecaria superior al 60% de sus ingresos. Podrán solicitar la quita quienes estén en procedimiento de ejecución, siempre que no se haya anunciado la subasta.

3.- Medidas sustitutivas

Si ninguna de las dos fases anteriores da resultado, los deudores en ámbito de exclusión podrán solicitar la dación en pago de la vivienda. Supondrá la cancelación total de la deuda con la entrega de la vivienda, junto a las responsabilidades personales del deudor. El deudor podrá permanecer un plazo mínimo de dos años como arrendatario pagando una renta anual equivalente al 3 por 100 del importe de la deuda pendiente. Durante dicho plazo, el impago de la renta devengará un interés de demora del 20%. La dación en pago no será aplicable cuando el procedimiento de ejecución haya concluido o si la vivienda está gravada con cargas posteriores.

El Banco Santander, el primer grande

Banco Santander es el primer grande del sector financiero español que ha anunciado su adhesión al ‘Código de Buenas Prácticas’. Además, el banco mantiene su iniciativa de otorgar una moratoria del pago de capital durante tres años, sin modificar las condiciones financieras y permitiendo el alargamiento del plazo, a aquellas familias que hayan visto reducidos sus ingresos o en las que uno de los miembros esté en paro.

CatalunyaCaixa ha concedido daciones desde 2008

“La vocación de la entidad es siempre la de anticiparse a los problemas de las familias con agilidad y eficacia y, desde 2008 (6.500 daciones concedidas en cuatro años), ha estado aplicando medidas similares a las del ‘Código de Buenas Prácticas’”, ha señalado la entidad en un comunicado en el que se anuncia su adhesión.

Bankinter también dice ’sí’

“Toda contribución que ayude a combatir la difícil situación por la que pasan muchas familias en las circunstancias actuales es útil, es válida y sus beneficios compensan con creces sus costes”, anuncia Bankinter para indicar que se suma al ‘Código de Buenas Prácticas’. Según la consejera delegada del banco, María Dolores Dancausa, “Bankinter ha sido pionero en España en poner en marcha iniciativas tendentes a la dación en pago”. “Estamos convencidos de que sólo con el compromiso y la determinación de todos será posible superar esta dura situación económica que entra ya en su quinto año”, afirma Dancausa.

Más síes de 23 cooperativas de crédito

El Grupo Cajamar (que agrupa a 6 cooperativas de crédito y al que está previsto unirse Caja Rural de Canarias), el Grupo Cooperativo Caja Rural del Mediterráneo (que engloba a 15) y Caixa Rural Les Coves de Vinromá han también se sumarán al ‘Código de Buenas Prácticas’. En total, estas cooperativas de crédito suponen el 35% del sector. “Esta medida es un paso más que da el modelo de banca cooperativa en España para evitar la exclusión social”, han señalado. De hecho, las cooperativas han subrayado que ya venían aplicando, de forma voluntaria, algunas de estas iniciativas reguladas en el nuevo código.

Suma y sigue … Caixabank, Bankia, Ibercaja …

Caixabank, Bankia, Ibercaja, Unicaja, Kutxabank y BMN también han anunciado su adherido al ‘Código de Buenas Prácticas’, según ha informado la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA). La patronal de las cajas espera que además de estas entidades, representadas en la comisión ejecutiva su consejo de administración, el resto de entidades anuncien su firma una vez evaluados los correspondientes impactos de la medida en su cartera de préstamos.

NCG Banco lo tiene que aprobar todavía

“NCG Banco (Novagalicia Banco) someterá a la aprobación de su próximo consejo de administración la adhesión voluntaria al ‘Código de Buenas Prácticas’”, ha anunciado la entidad en un comunicado. NCG Banco recuerda que ha bonificado a 9.500 familias con problemas para pagar la hipoteca y ha anunciado que trabaja en un plan específico que contemplará las medidas del Real Decreto-ley aprobado por el Gobierno. Como recuerda el banco, “esta norma está dirigida a aliviar la situación económica y social de las familias en riesgo de exclusión”.

Más información
El Mundo:
Goteo incesante de adhesiones bancarias al código ‘anti desahucios’ del Gobierno

Monday, 12 March 2012

Cómo se protegerá a los hipotecados sin recursos

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece medidas para paliar el problema de los desahucios para las personas en riesgo de exclusión social. En él se fijan los umbrales que dan entrada al colectivo a proteger, se limitan los intereses de demora y se reforman los procedimientos de ejecución extrajudicial. Junto al Real Decreto Ley, se incluye un Código de Buenas Prácticas que podrán suscribir de forma voluntaria las entidades financieras y que será publicado en el Boletín Oficial del Estado. Una vez suscrito, su cumplimiento será obligatorio y podrá invocarse ante los Tribunales.



1.- En la norma se fija la definición del umbral de exclusión: que sea primera y única vivienda y que todos los miembros de la familia carezcan de rentas derivadas del trabajo o actividades económicas. Además, la cuota hipotecaria deberá ser superior al 60% de los ingresos netos que perciban el conjunto de los miembros de la unidad familiar. Deberán, asimismo, carecer de bienes patrimoniales con los que hacer frente a la deuda.

2.- Valor de la vivienda

El valor de adquisición de la vivienda hipotecada deberá situarse en los siguientes márgenes:

A.- Para ciudades de más de un millón de habitantes: 200.000 euros.
B.- Para ciudades de más de quinientos mil habitantes o integradas en áreas metropolitanas de municipios de más de un millón de habitantes: 180.000 euros.
C.- Para ciudades de más de cien mil habitantes: 150.000 euros.
D.- Para ciudades de menos de cien mil habitantes: 120.000 euros.

También para las familias en el umbral de exclusión, el interés moratorio aplicable será el resultante de sumar a los intereses remuneratorios pactados en el préstamo un 2,5% sobre las cantidades debidas y no pagadas.

Se aborda, igualmente, en este Real Decreto Ley una reforma de los procedimientos de ejecución extrajudicial, con el fin de hacerlos más ágiles, baratos y transparentes en línea con los de ejecución judicial. En concreto habrá un nuevo sistema de subastas online en colaboración con los Ministerios de Justicia y de Presidencia.

3.- Código de Buenas Prácticas

La reforma se completa con un Código de Buenas Prácticas de adhesión voluntaria por parte de las entidades financieras. Éstas deberán comunicar su inclusión a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, quién hará público el listado. La permanencia en el Código será, como mínimo, de dos años y su incumplimiento podrá invocarse ante los Tribunales de Justicia por el afectado.

El seguimiento será efectuado por una Comisión de Control en la que estará una representación de la Asociación Hipotecaria Española, el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Secretaría de Estado de Economía. La Comisión de Control publicará al respecto un informe semestral sobre el grado de cumplimiento del Código.

El Código de Buenas Prácticas se aplicará en las siguientes fases:

1.- Reestructuración de la deuda hipotecaria
Los deudores en el ámbito de exclusión podrán solicitar a la entidad una reestructuración de su deuda hipotecaria que haga viable su pago y que deberá estar presentado en el plazo de un mes. Ese plan deberá incluir una carencia en la amortización de capital de cuatro años, la ampliación del plazo de amortización hasta cuarenta años y la reducción del tipo de interés aplicable a Euribor + 0,25 puntos. Podrán solicitar la reestructuración aquellos deudores cuyo procedimiento de ejecución no se haya iniciado.

2.- Medidas complementarias
Si pese a la refinanciación resulta inviable el pago de la deuda, el deudor podrá solicitar una quita en el capital pendiente de amortización. Se considerará inviable cualquier reestructuración que suponga para la unidad familiar una cuota hipotecaria superior al 60% de sus ingresos. Podrán solicitar la quita quienes estén en procedimiento de ejecución, siempre que no se haya anunciado la subasta.

3.- Medidas sustitutivas
Si ninguna de las dos fases anteriores da resultado, los deudores en ámbito de exclusión podrán solicitar la dación en pago de la vivienda. Supondrá la cancelación total de la deuda con la entrega de la vivienda, junto a las responsabilidades personales del deudor. El deudor podrá permanecer un plazo mínimo de dos años como arrendatario pagando una renta anual equivalente al 3 por 100 del importe de la deuda pendiente. Durante dicho plazo, el impago de la renta devengará un interés de demora del 20%. La dación en pago no será aplicable cuando el procedimiento de ejecución haya concluido o si la vivienda está gravada con cargas posteriores.

Más información:
La Moncloa:
Medidas de Protección a Deudores Hipotecarios Sin Recurso

Friday, 9 March 2012

Los parados con pisos de menos de 200.000 podrán evitar su desahucio

Las familias con todos sus miembros en paro podrán evitar el desahucio de sus pisos siempre y cuando su valor no supere los 200.000 euros y la entidad financiera que les concedió la hipoteca se haya adherido al código de buenas prácticas que aprueba hoy el Gobierno.

Este código se incluye en el decreto ley de medidas urgentes en materia de ejecuciones hipotecarias para abordar el problema social de los desahucios en las personas con riesgo de exclusión social y que estudiará este viernes el Consejo de Ministros.

Condiciones que deben cumplir las familias

1.- La vivienda debe ser la primera y única que posee la familia.
2.- Todos los miembros de la familia deben estar en paro o sin ningún tipo de renta por actividad económica.
3.- La cuota hipotecaria deberá ser superior al 80% de los ingresos netos del conjunto de la familia.
4.- El valor de la vivienda afectada se situará entre 120.000 y 200.000 euros, según el tamaño del municipio.

Mayores de 65 años, menores a cargo o hijos mayores con una minusvalía

Fuentes financieras consultadas por El Mundo han añadido que también se estudia la opción de considerar que el riesgo de exclusión de una familia estará “agravado” cuando el titular de la vivienda sea mayor de 65 años o tenga una discapacidad. Igual sucedería en los casos en los que tenga menores a su cargo, hijos mayores con una minusvalía igual o superior al 33%, o ascendientes mayores de 65 años.

Más información
El Mundo:
Los parados podrán evitar el desahucio de viviendas de menos de 200.000 euros

Thursday, 8 March 2012

Va de okupas cazados y multados

Son dos parejas, cada una en una punta de España y con algo en común: son okupas cazados. A una la pillaron, juzgaron y condenaron a pagar sendas multas por un importe total de 720 euros. A la otra la detuvieron al ocupar una casa semiderruida.

La primera pareja ocupó durante cinco meses una vivienda deshabitada en Martutene, un barrio situado al sur de San Sebastián en las riberas del río Urumea. Pero todo esto fue hace años, concretamente en noviembre de 2009 el matrimonio entró en la vivienda con la intención de quedarse a vivir allí sin el permiso de sus propietarias. En el juicio los acusados reconocieron que había sido su hogar durante cinco meses. Ahora, tras el juicio, tendrán que pagar 720 euros por ello.

La segunda pareja, de 35 y 36 años, fueron detenidos por la Guardia Civil al ocupar una vivienda parcialmente en ruinas en la localidad vallisoletana de Simancas sin autorización de su propietario. Se instalaron en diciembre y los dueños de la vivienda denunciaron el hecho. Finalmente la Guardia Civil detuvo a los okupas acusándoles de un delito de usurpación del inmueble y los puso a disposición judicial.

No se sabe cuáles fueron las razones concretas que empujaron a estas dos parejas a dar una patada a casas vacías para ocuparlas, pero sí conocemos de otros casos que llegan a La Comunidad de Enalquiler.com de algunas personas que están barajando la posibilidad de okupar por necesidad económica. Como María que pregunta: Si me meto en una casa de okupa, ¿qué puede pasar?. Los casos de las dos parejas de Martutene y Simancas le pueden servir de respuesta práctica.

Más información
20minutos.es: Dos detenidos por ocupar una vivienda ruinosa en Simancas (Valladolid)
Diario Vasco: Multado un matrimonio por ocupar una vivienda

Wednesday, 7 March 2012

A los compradores les gusta más la segunda mano

EdificioEl 63,5% de las compraventas de viviendas durante el año pasado correspondían a inmuebles de segunda mano, según la Estadística de transacciones inmobiliarias correspondientes al cuarto trimestre de 2011 hecha pública por el Ministerio de Fomento. En el cuarto trimestre de 2011 se vendieron en España 105.560 viviendas, lo que representa un aumento del 37,9% frente al trimestre anterior y una disminución del 29,9% frente al mismo periodo del año anterior (en el que se produjo un ascenso notable de las transacciones por la supresión de la desgravación fiscal). Así, el volumen trimestral de transacciones vuelve a superar las 100.000 unidades, tras tres trimestres consecutivos por debajo de esta cifra.

En el conjunto del año, las transacciones inmobiliarias de viviendas realizadas ante notario ascendieron a un total de 347.305.

Andalucía, Comunidad Valenciana, Madrid y Cataluña son las que más venden

Andalucía (67.018), Comunidad Valenciana (48.028), Madrid (45.020) y Cataluña (44.961) fueron las comunidades autónomas que registraron un mayor número de transacciones. Por provincias, Madrid (45.020), Barcelona (27.845), Alicante (23.820) y Valencia (17.816) son las que registraron una mayor actividad.

Por municipios, los que registraron un mayor número de compraventas en el cuarto trimestre de 2011 son Madrid (6.313), Barcelona (2.259), Sevilla (1.641), Valencia (1.479), y Zaragoza (1.208). En el conjunto del año 2011 fueron Madrid (20.011), Barcelona (7.907), Sevilla (5.090), Valencia (5.077), y Zaragoza (3.756).

En lo que se refiere al régimen de protección, las transacciones de vivienda libre durante el cuarto trimestre de 2011 ascendieron a 92.608, y a 307.931 en todo el año, lo que representa un 87,7% y un 88,7% respectivamente sobre el total. Por su parte, el número de transacciones de vivienda protegida fue de 12.952 en el trimestre y de 39.374 en todo el año, lo que supone un 12,3% y 11,3% respectivamente sobre el total.

En cuanto a la tipología, en los tres últimos meses del año el número de transacciones de vivienda nueva ascendió a 43.974, lo que
representa un 41,7% del total. La vivienda de segunda mano, con 61.586, supone el 58,3% de las compraventas. En el conjunto del año, la vivienda nueva, con un acumulado anual de 126.840, supone el 36,5% de las 347.305 transacciones efectuadas. La segunda mano, con 220.465, supone el 63,5% del total de transacciones. Este dato muestra que, desde 2008, el segmento vivienda de segunda mano ha alcanzado cierta estabilidad, con operaciones de compraventa por encima de las 220.000 transacciones de vivienda anuales.

En relación a la nacionalidad del comprador, las transacciones realizadas por extranjeros residentes en España experimentan un
crecimiento del 10,5% frente al cuarto trimestre de 2010, con 9.434 compraventas. Las compraventas en todo el año fueron 32.297, con un crecimiento del 7,2% respecto a 2010.

Por provincias, las que registraron mayor número de compraventas por extranjeros residentes en el trimestre son Alicante (2.532), Málaga (1.158), Baleares (794), Barcelona (774) y Girona (571). En el conjunto del año son las provincias de Alicante (8.378), Málaga (3.999), Baleares (2.547) y Madrid (1.904).

Fuentes: Las estadísticas de transacciones del Ministerio de Fomento se realizan a través de los datos facilitados por el Colegio del Notariado y recogen el número de viviendas objeto de compraventas formalizadas en escritura pública en oficina notarial.

Tuesday, 6 March 2012

Amnistía hipotecaria en Islandia

Un acuerdo entre el Gobierno islandés y entidades financieras ha logrado una amnistía en el crédito hipotecario por encima del 110% del valor de las viviendas. Desde 2008, la cantidad perdonada por los bancos suma un 13% del PIB del país y ha aliviado la deuda de más de un cuarto de la población de este país que tiene 300.000 habitantes.

“Se podría decir que Islandia tiene el record mundial en condonación de deuda hipotecaria”, afirma Lars Christensen, jefe de economías emergentes en Danske Bank A/S en Copenhagen, a Bloomberg. “Islandia ha seguido lo que dicen los libros de texto sobre lo que hay que hacer cuando hay crisis. Cualquier economista estaría de acuerdo con esto”

Además, el Tribunal Supremo islandés también ha declarado ilegales los préstamos hipotecarios que estaban ligados a monedas extranjeras, por tanto, estos hipotecados tampoco tendrán que sufrir la devaluación de su propia moneda. “Sin esta ayuda de emergencia a la deuda de los hogares, los propietarios de viviendas se habrían visto enterrados bajo el peso de sus créditos después de que el ratio deuda/ingresos alcanzara el 240% en 2008? explica a ReutersThorolfur Matthiasson, profesor de economía en la Universidad de Islandia en Reykjavik, a Diario Crítico.

Más información
Diario Crítico: Islandia hace borrón y cuenta nueva: bancos y gobiernos acuerdan una ‘amnistía’ hipotecaria
Bloomberg: Icelandic Anger Brings Debt Forgiveness in Best Recovery Story

Monday, 5 March 2012

La embajada ecuatoriana asesorará a sus ciudadanos afectados por un desahucio

Bandera EcuadorLa embajada de Ecuador ofrecerá asesoramiento jurídico a sus ciudadanos residentes en España y afectados por un desahucio inminente debido a sus deudas hipotecarias. Es un programa piloto que gestionará un equipo de abogados especializado en asuntos de inmigración y derecho inmobiliario. Estarán en las cuatro provincias españolas con más inmigrantes ecuatorianos: Madrid, Barcelona, Valencia y Murcia. Aquí viven 268.894 de los 360.710 ecuatorianos que residen en España.

Solidaridad y apoyo

Se trata de remitir “un mensaje de solidaridad y apoyo” y de mostrar que en el Gobierno ecuatoriano “somos sensibles ante estos problemas”, ha explicado la embajadora de Ecuador en España, Aminta Buenaño. Según la embajadora, entre 8.000 y 15.000 ecuatorianos (según las diversas fuentes) se han podido ver afectados en los últimos tres años por las ejecuciones hipotecarias; en toda España han sido 355.000 los procesos judiciales de esta naturaleza.

“En estos momentos lo más importante es plantear que existe un problema de derechos humanos”, ha dicho en la rueda de prensa el abogado Rafael Mayoral, coordinador del equipo jurídico que prestará su consejo en materia hipotecaria a la colectividad ecuatoriana. Las primeras denuncias sobre la existencia de hipotecas con deudores solidarios encadenados, es decir avalistas ligados unos a otros sin saberlo, tuvieron lugar en el año 2008. Este letrado que trabaja con la comunidad ecuatoriana desde 2008 ha destacado que en muchos casos se produce “una situación de indefensión ante los procedimientos de ejecución hipotecaria” y los ejecutados “no son debidamente informados” por las autoridades judiciales.

Más información
El Mundo:
Ecuador asesorará en Madrid a ciudadanos afectados por ejecuciones y desahucios

Monday, 27 February 2012

El Banco de España quiere sustituir el Euríbor por el Interest Rate Swap

El Banco de España quiere que la banca utilice el ‘Interest Rate Swap’ a 5 años como sustituto del Euríbor. Y así lo hará saber mediante una circular sobre transparencia de las operaciones a finales de abril. No obstante, quienes tengan su hipoteca referenciada con el Euríbor no notarán ningún cambio, salvo que el hipotecado y su entidad financiera cambien las condiciones del crédito.

Con la adopción del nuevo índice se pretende minimizar la dependencia del sistema hipotecario a los tipos de interés interbancarios a un año, muy influenciado en los últimos años por la desconfianza entre las entidades financieras. En julio de 2008 al principio de la crisis, los tipos de interés se encontraban en el 4,25% pero el indicador superaba el 5,3%, más de un punto por ciento de diferencia, cuando lo habitual es de un 0,25%.

El Euríbor abaratará las hipotecas en febrero
Hoy mismo se ha conocido que el Euríbor ha bajado nueve milésimas en tasa diaria, hasta el 1,627%, y comenzará a abaratar las hipotecas de los usuarios a los que toca ahora la revisión de su préstamo.

Más información
Finanzas.com:
¿Traerá el sustituto del euríbor un encarecimiento mayor de las hipotecas?
El Mundo: El Euribor suma 49 días de caída sin freno y abaratará las hipotecas en febrero