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Hipotecas


Monday, 27 February 2012

El Banco de España quiere sustituir el Euríbor por el Interest Rate Swap

El Banco de España quiere que la banca utilice el ‘Interest Rate Swap’ a 5 años como sustituto del Euríbor. Y así lo hará saber mediante una circular sobre transparencia de las operaciones a finales de abril. No obstante, quienes tengan su hipoteca referenciada con el Euríbor no notarán ningún cambio, salvo que el hipotecado y su entidad financiera cambien las condiciones del crédito.

Con la adopción del nuevo índice se pretende minimizar la dependencia del sistema hipotecario a los tipos de interés interbancarios a un año, muy influenciado en los últimos años por la desconfianza entre las entidades financieras. En julio de 2008 al principio de la crisis, los tipos de interés se encontraban en el 4,25% pero el indicador superaba el 5,3%, más de un punto por ciento de diferencia, cuando lo habitual es de un 0,25%.

El Euríbor abaratará las hipotecas en febrero
Hoy mismo se ha conocido que el Euríbor ha bajado nueve milésimas en tasa diaria, hasta el 1,627%, y comenzará a abaratar las hipotecas de los usuarios a los que toca ahora la revisión de su préstamo.

Más información
Finanzas.com:
¿Traerá el sustituto del euríbor un encarecimiento mayor de las hipotecas?
El Mundo: El Euribor suma 49 días de caída sin freno y abaratará las hipotecas en febrero

Thursday, 23 February 2012

Desmontando fórmulas mágicas frente a los desahucios

Pedro Hernández del OlmoEstos días circula por la Red una propuesta para hacer frente a un desahucio que ha levantado ampollas legales por su temeridad. Se recomienda que si no se puede pagar la hipoteca, se alquile la casa por una cantidad simbólica a un familiar o amigo, de esta forma se puede seguir disfrutando del piso una vez embargado y pagando muy poco al banco. Pedro Hernández del Olmo, experto de La Comunidad y abogado inmobiliario desarticula los argumentos de la propuesta para evitar que algún incauto pueda salir perjudicado.

Esta es la propuesta: “En cuanto una persona ve que no va a poder pagar su casa, automáticamente le hace un contrato de alquiler a su mujer/suegra/hijo/hermano o a quien se pueda, por el valor de 1€, 5€ o 10€, con una duración “indefinida”/50 años, 100 años. Cantidad únicamente simbólica. El contrato debe estar a nombre de alguien que no figure en la hipoteca. El contrato debe estar pasado por el registro de la propiedad.

En el momento del embargo, la propiedad figura en el registro a nombre del hipotecado, pero figura como una propiedad con inquilinos.

Resultado del embargo, la “titularidad de la propiedad” cambia, a nombre del banco. El domicilio continúa teniendo inquilinos. Con esta maniobra, perderíamos la propiedad, continuaríamos debiendo la hipoteca, pero, tendremos que pagar a nuestro nuevo “casero” por nuestro expiso 10€ al mes y de por vida.”


¿Por qué es peligrosa esta propuesta?

Jurídicamente no se sostiene. No se puede pactar con una persona ligada por vínculos familiares al deudor, un arrendamiento de duración prácticamente ilimitada y con un alquiler irrisorio, sobre una vivienda hipotecada en trance de ejecución hipotecaria.

El banco tiene relativamente fácil impugnar y rescindir ese contrato.

En vía civil puede invocar el artículo 1291.3º del Código Civil en cuanto constituya un pacto celebrado en fraude de acreedores que impide a éstos disponer de la garantía de su crédito, y obtener con ello la rescisión del contrato y la consiguiente expulsión del ‘supuesto’ inquilino, ello es evidente que generará gastos y costas a cargo del desahuciado.

Parece no obstante más peligroso en la medida en que penalmente podría dar lugar a una querella criminal por maquinación fraudulenta o estafa (art. 251 del Código Penal) o insolvencia punible (art. 257.2º del mismo Código) ambas conductas castigadas con pena de de hasta cuatro años de prisión.

Conviene recordar además que es habitual en las escrituras de hipoteca una clausula que limite la facultad del hipotecado para disponer de su vivienda en alquiler, cosa que a mi juicio corrobora y refuerza lo desaconsejable de esos ‘contratos’, ya que si existe una limitación pactada para un arriendo normal, ¿Cómo va a prosperar uno simulado?

No voy a negar que teniendo en cuenta la realidad del funcionamiento de la Administración de Justicia mediante este procedimiento se aplazaría temporalmente, meses o incluso años, la definitiva pérdida de la vivienda pero ¿a qué precio?

¿Qué recomiendas que haga un hipotecado cuando no pueda pagar sus cuotas?

Si un deudor hipotecario prevé que no va a poder hacer frente a los pagos contraídos, debería acudir a su acreedor y ponerle de manifiesto su situación económica de modo que quede patente la imposibilidad de atender esos pagos.

Entiendo que convendría empezar incluso anticipándola por fax, todos los bancos disponen de él, de la forma más completa y exhaustiva que le sea posible y solicitando una moratoria o periodo sabático, es decir un tiempo de carencia en el que o bien no pague nada o pague solamente intereses.

De este modo el deudor estaría provisto de una prueba fehaciente de su buena fe que siempre vendría bien si ‘se tuercen las cosas’.

En una posterior entrevista puede solicitar autorización para alquilar esa vivienda, si no le conceden la anterior solicitud o bien hacer una oferta de dación en pago.

Esas ofertas significan desde luego que quien las hace tiene donde vivir, puesto que en ambos casos ha de abandonar su vivienda.

Es más que conveniente que, si se llega a un acuerdo, quede constancia escrita del mismo.

Si el hipotecado con problemas financieros decide ir a negociar con su banco ¿Cuáles son las mejores armas legales para defenderse?

La verdad es que desgraciadamente, al menos hasta el momento, el deudor imposibilitado de pagar su deuda carece de armas legales que esgrimir, solamente tiene como elemento de presión la realidad innegable de que los Bancos no ‘quieren’ tener más inmuebles en su contabilidad.

Considero que esa baza, bien jugada, puede dar un aceptable resultado.

¿Cómo ves la ‘dación en pago’?

La dación en pago parece un descubrimiento de los últimos tiempos o por lo menos así la están vendiendo los medios, hasta he tenido ocasión de leer que no está prevista en el Ordenamiento jurídico español. No es cierto. En el Código Civil, dictado en 1888 ya se contempla la posibilidad de que el deudor ceda sus bienes a los acreedores en pago de sus deudas (art. 1175).

Teniendo en cuenta la actual circunstancia hay que considera dos casos diferentes: Uno cuando la vivienda, a valor de venta actual, no cubre el montante de la deuda pendiente otra cuando ese valor es mayor que la deuda.

En el primer caso, que es el conflictivo, entiendo que se debiera exigir a los bancos que admitieran esa dación como pago total y cumplido de la deuda. Evidentemente esa exigencia solamente puede provenir de una norma legal, hoy inexistente.

¿Por qué? Porque ese desfase entre el precio y la deuda es responsabilidad del banco que hizo una tasación exagerada a la hora de conceder la hipoteca. Esa hipoteca le ha proporcionado intereses y por lo tanto ahora debe apechugar con el adverso resultado de esa tasación. Este en síntesis es el fundamento jurídico del famoso auto de la Audiencia de Navarra que rechazó la posibilidad de embargar más bienes del deudor una vez entregada su vivienda, aunque esta no cubría el importe de la deuda.

Thursday, 12 January 2012

Medio millón de familias sin casa (2008-2015)

“Un total de 510.000 familias habrán perdido su casa producto de las consecuencias de la crisis económica” desde 2008 a 2015, según un estudio realizado por la Asociación de Afectados por Embargos y Subastas (Afes) sobre el impacto de la mora hipotecaria en España. Por su parte, los bancos tendrán que asumir unas pérdidas de 34.000 millones de euros procedentes de hipotecas a particulares.

Cómo se pierde el hogar

-De 2008 a 2011: “150.000 ya han perdido su vivienda y soportan deudas que impiden cualquier oportunidad de encauzar su futuro”.

- De 2012 a 2015: “135.000 familias están sufriendo un proceso de ejecución hipotecaria”. A estas cifras hay que sumarles, “si no se toman medidas urgentes”, otras “133.000 que ya no pueden seguir pagando su hipoteca” y las “100.000 que dejarán de hacerlo en los próximos dos años por el aumento del paro”.

Cómo afecta a los bancos

Afes indica que la banca ya habría ejecutado créditos para compra de vivienda por importe de 18.750 millones de euros, pero “la mayoría de estas subastas han quedado desiertas”. En este sentido, apunta que el procedimiento judicial y administrativo supone “un importante desembolso que puede llegar al 20% del valor de la casa”. De este modo, Afes prevé que “el precio de los inmuebles en poder de los bancos se verá ahora forzosamente reajustado al valor del mercado real”.

Más información
El Mundo:
Más de medio millón de familias perderá su casa de 2008 a 2015

Thursday, 5 January 2012

Ni un euro sin desgravar

Los que compraron su vivienda habitual en 2011 se podrán beneficiar fiscalmente en su Declaración de la Renta de este año. Es decir, no perderán ni un solo año de beneficio fiscal porque el Gobierno ha restaurado esta desgravación con caracter retroactivo. Es una buena noticia escondida entre todos los recortes del Real Decreto Ley de Medidas Urgentes de Orden Económico y Social aprobado en el Consejo de Ministros del 30 de diciembre. Ahí se dice: “Se recupera la desgravación en el IRPF por adquisición de vivienda habitual en las mismas condiciones que existían hasta el 31 de diciembre de 2010. Esta medida se aplicará con carácter retroactivo desde enero de 2011″.

La limitación impuesta por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, que solo permitía esta deducción a las rentas inferiores a 24.107 euros, no llegará a aplicarse y su único efecto será el adelanto de la decisión de compra que muchos decidieron llevar a cabo en la recta final de 2010 para no perder la desgravación. Para que nos entendamos: los contribuyentes pueden deducirse el 15% sobre un máximo de 9.040 euros (unos 1.350 euros).

Más información
El Mundo:
Los que compraron vivienda durante 2011 no perderán ningún año de deducción

Tuesday, 3 January 2012

El Euribor arranca el año a la baja

El Euribor, principal indicador al que están referenciadas las hipotecas en España, ha estrenado 2012 con una bajada de diez milésimas en tasa diaria que le sitúa en el 1,937%.

El índice cerró 2011 en el 2,004%, es decir, el mínimo en tasa mensual desde el pasado mes de marzo de 2011, cuando terminó en el 1,924%, y según los expertos consultados por Europa Press mantendrá su caída este año.

Los analistas justifican su previsión en que el Banco Central Europeo (BCE) podría bajar los tipos de interés hasta el 0,5% a lo largo de 2012, a lo que se suma el diferencial aún existente entre el Euribor y el precio oficial del dinero.

Más información
El Mundo:
El Euribor arranca el año con una bajada de diez milésimas

Tuesday, 27 December 2011

Baja el número de ejecuciones hipotecarias

Las ejecuciones hipotecarias experimentaron en nuestro país una importante reducción en el tercer trimestre del 2011. Según se desprende del informe Datos sobre el efecto de la crisis en los órganos judiciales elaborado por el Consejo General del Poder Judicial, en los Juzgados de Primera Instancia y en los Juzgados de Primera Instancia e instrucción ingresaron 14.894 ejecuciones, lo que supone un descenso del 23,1%.

El Informe constata el incremento producido en los concursos de acreedores presentados durante el tercer trimestre de 2011 en los Juzgados de lo Mercantil, que alcanzaron la cifra de 1.817, con un incremento del 16% respecto al mismo periodo de 2010. Es la cifra histórica más alta en un tercer trimestre desde que se inició esta serie estadística, en el año 2004.

Más información
Consejo General del Poder Judicial:
Estadística Judicial: Descienden las ejecuciones hipotecarias y crecen los concursos de acreedores

Tuesday, 29 November 2011

Por qué NO te dan la hipoteca

¿Ya son varios los bancos que te dicen que NO? ¿que no quieren darte una hipoteca? ¿O todavía no te has atrevido a llamar a su puerta porque no sabes qué te van a decir? Aquí te contamos qué hace que los bancos digan que NO a una hipoteca:

Eres muy joven, o muy viejo
Cuando llegas al banco lo primero que te piden es el DNI o NIE. Ahí empieza la primera prueba contra la que no puedes luchar: o eres muy joven (no eres estable profesionalmente) o muy viejo (te morirás antes de pagar la casa o no querrán asegurarte). Normalmente, las entidades financieras conceden hipotecas a un plazo superior a 40 años siempre que el solicitante pueda terminar de pagar el crédito antes de cumplir 70 o 75 años. Ahora la cosa está todavía más difícil: es muy poco probable que una persona de 45 años consiga que el banco acceda a conceder una amortización superior a los 15 años. 
También influye el tipo de hipoteca que se desea solicitar, ya que para cantidades superiores a 150.000 euros los requisitos se endurecen y, a medida que se alargan los plazos, las posibilidades se reducen.

No tienes una vida laboral estable
El banco quiere saber cuánto ganas, tus posibilidades de promoción y si vas a seguir en el mismo puesto mucho tiempo … Parados, trabajadores temporales o discontinuos y mileuristas sin ahorros o avalistas potentes lo tienen bastante crudo para conseguir hipoteca.

Te has retrasado en el pago de otros préstamos o estás frecuentemente en números rojos
Son delatores, le dicen al banco si sabes gestionar bien tus ingresos y gastos, si tienes tendencia a los números rojos o saldos negativos. Si tienes muchos préstamos pequeños o retrasos en su amortización las posibilidades de conseguir hipoteca se reducen drásticamente.

Apareces en alguna lista de morosos
Si tu nombre aparece en algún listado de morosos olvídate de conseguir crédito hipotecario.

No tienes personas que te avalen
A los bancos les gusta que tengas avalistas solventes. Si pides la hipoteca con tu pareja también ayuda. Si eres tú solo la cosa se complica porque el banco ve más seguro que sean dos personas las que se responsabilicen del pago.

No tienes otras propiedades.
¿Tienes alguna propiedad que el banco pueda embargar en caso de impago? Si la tienes, dilo y demuéstralo con papeles porque al banco le interesa saber qué podrá echar mano en caso de impago de la hipoteca.

No compras del stock de viviendas del banco
Si quieres un piso que no es del banco lo vas a tener más difícil porque las entidades financieras quieren quitarse de encima su stock inmobiliario son más proclives a conceder hipotecas a los que se queden con sus pisos.

Más información
Consumer:
Motivos para denegar una hipoteca

Monday, 14 November 2011

Una de cada cinco familias que compró casa durante la ‘burbuja inmobiliaria’ no podrá pagarla

Lo dice un estudio realizado por la Asociación de Afectados por Embargos y Subastas (AFES). El 17,63% de las hipotecas firmadas entre 2004 y 2008 “son de alto riesgo”. En 2015 se habrán ejecutado más de 700.000 desahucios de los cuatro millones de hipotecas firmadas entre 2004 y 2008, los años conocidos como los de la ‘burbuja inmobiliaria’ en España.

Así lo recoge El Mundo en un artículo en el que indica que esta asociación estima que a los 170.627 desahucios que ya se han producido y a las 168.603 viviendas que se encuentran en la actualidad en proceso de ejecución hipotecaria, se sumarán otros 373.912 procedimientos hasta 2013. En total, el número de familias que perderán su vivienda es el equivalente a las hipotecas firmadas sólo en 2004. El informe aclara que estas cifras contemplan el escenario más favorable: sin aumento del desempleo y con el poder adquisitivo actual de las familias

Reactivación del crédito = Recuperación del mercado inmobiliario

Según AFES, la recuperación del mercado inmobiliario sólo será posible si se reactiva el crédito y si los precios se adaptan a la demanda. El presidente de la asociación, Carlos Baños, apunta que a los bancos no les interesa quedarse las casas y convertirse en “las mayores inmobiliarias del país”. Por ello, desde AFES se encargan de contactar con la entidad bancaria para conseguir la condonación total o parcial de la deuda, o bien, la conocida popularmente como la ‘dación en pago’ (que permite saldar la hipoteca devolviendo el piso).

Más información
El Mundo:
Una de cada cinco familias que adquirió vivienda durante la ‘burbuja’ no podrá pagarla

Thursday, 3 November 2011

¿Me pueden obligar al firmar la hipoteca a contratar un determinado seguro de vida?

Pedro Hernández del OlmoEzequiel pregunta:

“Tengo una hipoteca y el seguro de vida me obligan con ellos. El seguro es del 60% y son 1.700E, cuando con otras compañías sería por la mitad. Cómo puedo reclamar ese abuso”.

Respuesta

Es difícil demostrar “ese abuso” ya que, si lo plantea antes de firmar, le pueden decir que “son lentejas…” y si lo plantea después, que ha firmado “voluntariamente”, solo le queda cancelar ese seguro y contratar otro al transcurrir el primer año.

Pedro Hernández, abogado
Blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
Consultas legales: 807 520 008 (1,18 €/min. desde fijo; 1,53 €/min. desde móvil)

Thursday, 27 October 2011

¿Alguien está toquiteando al euríbor?

La Comisión Europea está inspeccionando varias firmas ante las sospechas de un cartel ligado a los derivados sobre el euríbor (principal referencia usada en España para fijar las cuotas de las hipotecas y otros préstamos a particulares, empresas y organismos públicos). La Comisión no ha indicado cuáles son las firmas investigadas, solo señala que tiene sospechas de que hayan infringido las leyes europeas de la competencia, según publica El País. Aunque The Wall Street Journal indica que entre las entidades financieras investigadas hay un gran banco alemán y otro francés. El comunicado de la Comisión tampoco indica en qué medida las posibles prácticas anticompetitivas han podido afectar a la formación de los precios en el euríbor a los diferentes plazos.

La investigación de Bruselas se suma a las ya abiertas por la propia Comisión Europea, por Estados Unidos y por el Reino Unido sobre una posible manipulación del Libor, el tipo interbancario de Londres. La autoridades japonesas, por su parte, investigan la formación del tipo interbancario de Tokio, el Tibor.

Los operadores de los mercados vienen insistiendo en que los actuales niveles del euríbor, especialmente en los plazos más largos, son poco representativos de una actividad real en el mercado, puesto que los bancos apenas se prestan dinero entre sí debido a la desconfianza generada por la crisis financiera y de la deuda. Euribor-EBF, que recopila los datos para la elaboración del Euribor, señaló a Reuters que compartiría sus datos con las autoridades e insistió en que sería imposible que los bancos fijaran el Euribor debido al elevado número de entidades que participan en la formación de su precio.

“Confiamos plenamente en la gestión del Euribor. Con tantos bancos participando en la fijación del tipo sería imposible fijar un tipo de manera artificial”, dijo Cedric Quemener, director de Euribor-EBF. “Creo que la Comisión carece de conocimientos sobre cómo se elaboran esas referencias. Estamos dispuestos a ayudarles”, dijo a Reuters.

Más información
El País:
Bruselas investiga a los bancos por una posible manipulación del euríbor