¿Estás de compra de piso? ¡Enhorabuena! Pero mantén la calma y sigue estos consejos antes de hacer nada de lo que te puedas arrepentir.

¿Puedes comprarlo?
Antes de salir de compras de piso debes hablar con los bancos para saber si te concederían una hipoteca y cuáles serían las condiciones.
En los bancos te podrán decir cuánto dinero te prestarían y a cuánto deberías comprar el piso, así tendrás un presupuesto realista y sabrás que no te puedes pasar de ahí.
Para que te orientes, todo el mundo dice que la cuota mensual de tu hipoteca no debe superar el 30% de sus ingresos. Además, debes tener en cuenta que en cuanto te conviertas en propietario la hipoteca no va ser tu único gasto, también tendrás que pagar el seguro de vida y de casa que normalmente va asociado a la hipoteca, el IBI de la casa, la comunidad de vecinos …
¿Te gusta el barrio?
La ubicación del piso es clave. Te tiene que gustar donde vives porque vas a patearlo todos los días. Así que asegúrate de conocer el barrio antes de ir a mirar un piso.
Fíjate en el transporte público que hay cerca del piso, los colegios, las tiendas, los súper … todo lo que haga tu vida más cómoda.
Otra cosa también muy importante es cómo se valora el barrio en la ciudad, ¿tiene posibilidades de revaloración? Eso puedes saberlo pasándote por el ayuntamiento y preguntando en urbanismo, a ver qué planes tienen para el barrio.
¿Qué gastos tiene el piso?
Debes tener claro cuánto se paga de comunidad de vecinos porque eso va a influir en tu bolsillo.
Habla con el presidente de la comunidad o el gestor y pregunta por el estado del edificio, si se debe hacer alguna actuación importante en el edificio que supongo derramas extraordinarias para los vecinos.
Pide también al administrador o al presidente de la comunidad de propietarios que te dejen una copia de los estatutos de la comunidad para verlos, no vaya a ser que haya prohibiciones absurdas.
¿Cómo está el piso?
Cuando visites el piso fíjate en cómo está, especialmente si hay humedad y qué orientación tiene.
Cuando veas un piso fíjate cuál es su orientación. Depende de dónde vivas querrás una orientación u otra. No es lo mismo vivir en el País Vasco que en Barcelona, sus veranos e inviernos son completamente diferentes.
Si vives en un clima frío querrás aprovechar al máximo la luz y calor del sol, así que tendrás que buscar pisos con orientación sur, suroeste u oeste porque no necesitarás casi la calefacción y en verano te bastará con unos buenos toldos para bajar la temperatura unos grados y reducir el uso del aire acondicionado. Los pisos orientados hacia el sur tienen sol durante todo el día en invierno y en verano sólo lo tienen durante las horas centrales del día. Los pisos con orientación suroeste tienen todo el día en invierno y desde el mediodía al atardecer el resto del año. Y los pisos orientados al oeste tienen sol todo el año desde el mediodía hasta la noche.
Si vives en una zona de inviernos cálidos y veranos tórridos compra piso con orientación sureste o este. Los pisos con orientación sureste tienen luz y calor solar durante todo el día en invierno y durante el resto del año sólo tienen sol hasta el mediodía. Los pisos orientados al este tienen sol desde el amanecer hasta el mediodía durante todo el año. Esta orientación este-sureste hace que evites el sol durante sus horas más calurosas en verano y disfrutes de su calorcito durante el invierno.

¿Tiene algún vicio oculto el piso?
Con la hipoteca siempre viene una tasación del piso, pero ahí no se fijan en detalles importantes como esas manchas de humedad que parecen inofensivas pero que esconden una avería descomunal en la fontanería del piso y que te costará un ojo de la cara y mucho tiempo arreglar.
Lo mejor es que un arquitecto o aparejador revisen bien el piso para detectar cualquier vicio oculto. Si compras obra nueva el promotor debe responsabilizarse de fallos en la vivienda durante uno, tres o diez años dependiendo de cuál sea el fallo. La ley 38/1999 de ordenación de la edificación regula la garantía que deben ofrecer promotor, constructor, arquitecto y arquitecto técnico al comprador de un piso si hay desperfectos o vicios. Estos son los plazos y tipos:
A.- Durante 10 años
Daños materiales ocasionados en el edificio a consecuencia de defectos o vicios que afecten a la cimentación, pilares, forjados, muros de carga o otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.
B.- Durante 3 años
Daños materiales ocasionados en el edificio a consecuencia de defectos o vicios de los elementos constructivos o instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad en materia de higiene, salud, protección del medio ambiente, protección contra el ruido, ahorro de energía, aislamiento térmico, etc. Se incluyen dentro de ese apartado las humedades, la falta de aislamiento, las grietas de origen no estructural, problemas en las instalaciones, etc.
C.- Durante 1 año
Daños materiales por defectos o vicios de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado.
Importante: los plazos empiezan a contar en el momento en que el constructor entrega la obra terminada al promotor y NO desde que el comprador adquiere la vivienda. Por eso, si compras tu piso de obra nueva unos años después de que haya sido terminado parte de su garantía ya habrá vencido.
Además, el plazo de tiempo para reclamar los desperfectos es de 24 meses desde su aparición, independientemente de que la garantía haya finalizado o no.
¿Están todos los papeles en regla?
Una vez te hayas decidido a hacer una oferta por el piso debes pedir que te enseñen todos los papeles para comprobar que todo está en regla o hacer constar en la oferta por escrito que la compraventa depende de que todo esté en regla.
Debes hacer todo esto:
- Pedir una Nota Simple del Registro de la Propiedad para saber quién es el propietario del piso y cuáles son los datos del inmueble.
- Saber qué cargas tiene el piso y cómo se va a librar de las cargas cuando se haga la compraventa.
- Pedir la Cédula de Habitabilidad del piso y su Certificado de Eficiencia Energética.
- Confirmar que el propietario ha pagado todas sus cuotas de la comunidad de propietarios y no tiene ninguna deuda pendiente.
- Confirmar que el propietario está al día del pago del IBI.
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