Monday, 8 April 2019
Cómo pagar bien el ITP al comprar piso
El comprador de una vivienda debe pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), pero ¿cómo se hace bien? Aquí te lo contamos todo.
Qué es el ITP
El ITP es un impuesto que gestionan las autonomías así que varía dependiendo de las comunidades.
Este impuesto se paga con el modelo 600 de la Agencia Tributaria que no solo sirve para la compraventa de viviendas, también se usa en Operaciones Societarias (OS) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), por lo que cuando se rellena el formulario se debe especificar el concepto que se tributa: el de Transmisiones Patrimoniales.
Por lo general, el pago de este impuesto se debe hacer durante los 30 días hábiles posteriores a la formalización del contrato.
El comprador puede solicitar el fraccionamiento de su pago si se ha comprado una vivienda habitual con una superficie útil no superior a 120 m2, eso sí, la petición del fraccionamiento se debe hacer dentro del plazo que se tiene para liquidarlo. Se puede fraccionar en tres anualidades como máximo y devengan intereses de demora a favor de Hacienda.
Cómo se paga
En el modelo se debe especificar:
Quién es el transmitiente: el vendedor.
Quién es el sujeto pasivo en la transmisión realizada: el comprador.
Quién es el presentador: si la gestión del ITP la realiza una persona ajena al contribuyente (una gestoría, por ejemplo), se debe indicar quién es.
El presentador presenta este modelo 600, pero las notificaciones futuras que puedan haber se hacen al sujeto pasivo (al comprador)
Inmueble y documento firmado: se debe indicar el documento en el que se ha formalizado la operación con el número de protocolo y nombre del notario.
También hay que declarar todos los datos del inmueble, para su correcta identificación.
Hay que señalar bien que se trata de un inmueble porque el tipo impositivo en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales varía en función del tipo de bien que se transmita.
Valor del inmueble: lo normal es que en el modelo 600 se indique el mismo valor del inmueble que el que aparece en la escritura de compraventa, pero hay otras posibilidades. Ahí depende del mayor o menor riesgo que quiera correr el contribuyente.
Y esto es así porque la base imponible del ITP es el valor real del inmueble y el valor que aparece en la escritura no siempre es el valor real del inmueble porque un inmueble se puede comprar por un valor mayor o menor al que tiene en realidad dependiendo de cómo esté la demanda en la zona donde se ubica la vivienda.
Tipo impositivo: se debe declarar el tipo impositivo que se aplicará a la base imponible y si hay beneficios fiscales.
El tipo impositivo y los beneficios fiscales variarán en función de la comunidad autónoma donde se haga la declaración. Lo habitual es aplicar tipos impositivos reducidos o beneficios fiscales cuando el inmueble adquirido es una vivienda habitual.
Cataluña es la comunidad autónoma con el tipo general del ITP más alto: entre el 10% y el 11% dependiendo del tramo. En Baleares y Extremadura se encuentra entre el 8% y el 11%, y en Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, entre el 8% y el 10%.
En Andalucía, por ejemplo, se aplica un ITP del 8% hasta una base liquidable de 400.000 euros, 9% desde 400.000,01 euros hasta los 700.000 euros, y 10% a partir de este umbral y para el resto del valor de la vivienda. Así lo explica El País en un artículo en el que se incluye un gráfico con un mapa de España que muestra el Tipo General del ITP por comunidad autónoma, pulsa en la imagen de abajo para ver cómo está en tu zona.